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Facundo Bonavitta: “El decreto no perdona el incumplimiento del contrato de alquileres”
El propietario de Inmobiliaria Propiedades Facundo nos explica el congelamiento de los precios de alquileres establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia 320/20.

A través del Decreto de Necesidad y Urgencia 320/20 el Gobierno Nacional reglamentó el congelamiento de los precios de alquileres vigentes al 30 de marzo de 2020, y a la vez prorrogó los contratos con conformidad de la parte locataria.
El propietario de Inmobiliaria Propiedades Facundo, Facundo Bonavitta, señaló que “el decreto no suspendió el pago de alquileres. Lo único que hizo fue congelar el valor mensual por el plazo de seis meses”.
“El decreto no perdona el incumplimiento del contrato de alquileres. Debe cumplirse ya que es una obligación entre las partes” afirmó.
En este sentido explicó que “si el inquilino no puede afrontar el cumplimiento, deberá abonarlo después del 30 de septiembre, y puede realizarlo en cuotas entre tres y seis meses”.
Intereses
En cuanto al pago de intereses compensatorios Facundo Bonavitta señalo que “se evaluará cada caso en particular tratando de ser lo más justos posibles para ambas partes tanto inquilino como propietario“.
Mientras que sobre el ajuste de precios que está previsto en el contrato explicó que “el decreto establece que la diferencia, que resultare entre el monto pactado contractualmente y el que corresponda pagar producto del congelamiento, deberá ser abonada en al menos tres cuotas, y como máximo seis cuotas, mensuales, iguales y consecutivas”.
“La primera de esas cuotas deberá pagarse con el alquiler correspondiente a octubre” resaltó.
Desalojos
El propietario de Propiedades Facundo también se refirió a la suspensión de desalojos por falta de pago.
Explicó que “la medida dispone de una excepción para el locador que acredite depender del alquiler para cubrir sus necesidades básicas”.
“Por lo tanto, quién no pueda pagar no podrá ser expulsado del inmueble durante ese lapso, aunque acumulará una deuda que después le podrá ser exigida”.
“En este caso, y en situaciones donde se presenten controversias entre las partes, se establece la mediación obligatoria antes de acudir a la Justicia” afirmó.
























