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¿Ahora un plus por sobre turnos?: qué cobros son legales y cuáles no en Chubut

Los pagos adicionales en consultas médicas generan dudas entre los pacientes de Chubut. Mientras los copagos y coseguros están previstos por la normativa vigente, el plus médico enfrenta cuestionamientos y una campaña oficial que lo declara ilegal para los afiliados de SEROS.
Presentar la credencial de una obra social o una empresa de medicina prepaga ya no garantiza, en todos los casos, que la consulta médica no implique un desembolso adicional. Por eso, en consultorios y centros de salud aparecen conceptos como copagos, coseguros, plus médico o aranceles complementarios que generan confusión entre los pacientes.
Sin embargo, estos cobros no responden a la misma lógica ni cuentan con el mismo respaldo normativo.
Copagos y coseguros: pagos previstos por la cobertura
La normativa nacional contempla la existencia de planes de medicina prepaga con copagos. En efecto, el Decreto 743/2022 y la Resolución 2/2023 de la Superintendencia de Servicios de Salud establecieron un marco para este tipo de planes y dispusieron que esos importes deben formar parte de las condiciones de contratación, además de estar debidamente registrados e informados al afiliado.
En la práctica, el funcionamiento varía según la cobertura. Algunos reglamentos de empresas de medicina prepaga prevén planes con copagos, mientras que otros manuales para prestadores establecen expresamente que no pueden cobrarse importes adicionales fuera de los mecanismos autorizados por cada cobertura.
Asimismo, los coseguros también forman parte de determinados esquemas de financiamiento y pueden estar previstos tanto en obras sociales como en algunos planes de medicina prepaga.
El plus médico: un concepto diferente
Por su parte, la situación cambia cuando aparece el denominado “plus médico”, es decir, un cobro adicional que no forma parte de los copagos o coseguros previstos por la cobertura.
En Chubut, el Instituto de Seguridad Social y Seguros (ISSyS), administrador de la obra social SEROS, sostiene públicamente que el cobro de plus médico no está autorizado para sus afiliados. Durante 2025, el organismo lanzó la campaña institucional “El Plus es Ilegal”, habilitó canales específicos para recibir denuncias y anunció la baja de prestadores tras comprobar cobros indebidos.
Además, el organismo recuerda en la información destinada a sus prestadores que el cobro de plus médico constituye una falta grave en el marco de los convenios vigentes.
¿Quién define cuánto paga un paciente?
En consecuencia, la respuesta depende del tipo de cobro. Cuando se trata de un copago o un coseguro, el importe surge del plan contratado y de las condiciones aprobadas para esa cobertura.
En cambio, cuando se discute un plus médico, intervienen otros factores: los convenios entre financiadores y prestadores, la normativa aplicable y, en algunos casos, las actuaciones de los organismos de control.
Por eso, antes de abonar un importe adicional, ISSyS recomienda verificar si ese concepto forma parte de las condiciones del plan contratado o si corresponde realizar una denuncia ante la obra social.
En definitiva, aunque los términos copago, coseguro y plus suelen utilizarse indistintamente, representan situaciones diferentes. Por lo tanto, comprender esa diferencia resulta fundamental para que los pacientes de la región conozcan qué pagos están previstos por su cobertura y cuáles pueden dar lugar a un reclamo.


























