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Sociales

Es ley el aborto seguro y gratuito en Argentina

El Senado de la Nación aprobó el proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo con 38 votos afirmativos, 29 negativos y 1 abstención.

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Este miércoles el Senado de Argentina aprobó la Ley  de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) con 38 votos afirmativos, 29 negativos y 1 abstención.

Además se aprobó la Ley de Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia conocida como el Plan de los 1.000 días.

Ahora las normas pasarán al Poder Ejecutivo para que el Presidente Alberto Fernández –que ya se manifestó a favor de las iniciativas– las apruebe y promulgue.

El proyecto de aborto seguro 

Los puntos principales del proyecto de acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo y atención postaborto son el artículo 4to: “Las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho a decidir y acceder a la IVE hasta la semana 14 inclusive del proceso gestacional”. Fuera de ese plazo se permite sólo en los siguientes casos:

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a)- Si el embarazo fuese resultado de una violación con el requerimiento y la declaración jurada pertinente de la persona gestante ante el personal de salud.

b)-Si estuviese en peligro la vida o salud integral de la persona gestante. (Este artículo será modificado a pedido del senador Alberto Weretilneck en la reglamentación de la Ley)

Art 5to. No debe sobrepasar los 10 días desde el requerimiento de acceso a la IVE y el persona de salud debe garantizar las condiciones mínimas y derechos en la atención del aborto y postaborto como trato digno; privacidad; confidencialidad y secreto médico.

En los casos de violación cuyas víctimas fueran niñas o adolescentes debe prevalecer el deber de comunicar la vulneración de derechos previstos en el Código Penal.

Información sobre los distintos métodos de interrupción del embarazo, los alcances y consecuencias de la práctica. Información clara, actualizada, comprensible, veraz y brindada en lenguaje y formatos accesibles.-

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En cuanto a la calidad. El personal de salud debe respetar y garantizar el tratamiento del aborto conforme los alcances de la OMS.

Art. 6to. Información y tratamiento del aborto y salud sexual y reproductiva.

La Ley además del ítem de la información exige el acompañamiento del cuidado de la salud como por ejemplo información sobre distintos métodos anticonceptivos disponibles dentro del PMO (Programa Médico Obligatorio).

El art. 7.- Se refiere al consentimiento informado de la persona gestante sobre IVE.-

Art. 8. Menores de edad. En el caso de las personas mayores de 16 años, tienen plena capacidad para prestar su consentimiento.

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En el caso de menores de 16 años se requiere consentimiento informado.

En cuanto a la objeción de conciencia, el artículo 10 se refiere a que los profesionales deben mantener su decisión en todos los ámbitos tanto públicos como privados.

El personal de salud no podrá negarse a la realización de la interrupción voluntaria del embarazo en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata. Y “no” podrá alegar objeción de conciencia para negarse a prestar atención sanitaria postaborto. Acerca del incumplimiento de las obligaciones dará lugar a sanciones disciplinarias, administrativas, penales y civiles.

El Plan de los 1000 dias

Los principales puntos de la Ley de Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia son:

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Extiende la Asignación Universal por Embarazo (AUE), que pasará de tener seis mensualidades a nueve, para abarcar la totalidad de la gestación.

Amplía el pago por Nacimiento y por Adopción a las personas beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH), que hasta ahora están excluidas de este beneficio.

Estipula la provisión pública y gratuita de insumos esenciales durante el embarazo y para la primera infancia, coordinando y ampliando los programas existentes, y la creación del Sistema de Alerta Temprana de Nacimientos y el Certificado de Hechos Vitales con el objeto de garantizar el derecho a la identidad de las niñas y niños recién nacidos.

Entre los insumos, se menciona la provisión de medicamentos esenciales, vacunas, leche, alimentos para el crecimiento y desarrollo saludable en el embarazo y la niñez.

Busca afianzar el “derecho a la protección en situaciones específicas de vulnerabilidad” para las “niñas y las niñas con necesidad de cuidados especiales en sus primeros años”, “personas que cursen embarazos de alto riesgo” o padezcan “trombofilia”, “mujeres u otras personas gestantes en situación de violencia por razones de género” y “niñas y adolescentes embarazadas”.

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Se crea en el ámbito del Ministerio de Salud una Unidad de Coordinación Administrativa “para la atención y el cuidado integral de la salud de las mujeres y personas gestantes durante el embarazo y de sus hijos hasta los 3 años”.

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