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Cuando la señalización confunde y la multa igual llega

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Un caso ocurrido en Trelew vuelve a abrir una discusión que excede a una sola ciudad: qué pasa cuando la cartelería es dudosa, el descargo no cambia la decisión y el ciudadano siente que el sistema sanciona más rápido de lo que explica.

Una multa de tránsito en Trelew volvió a poner bajo la lupa un problema que no parece exclusivo de una esquina ni de una ciudad. El caso se originó en la zona de México y Pascual Daleoso, donde un vecino fue infraccionado por supuesta circulación en contramano y maniobra peligrosa. Tras recibir el acta, presentó un descargo, aportó una fotografía del lugar y cuestionó la falta de una señal reglamentaria clara. Pese a eso, el Tribunal de Faltas rechazó el planteo y confirmó la sanción.

La imagen incorporada al expediente muestra un cartel nomenclador con flechas en sentidos opuestos. Para el conductor, ese detalle era central: sostuvo en diálogo con El Valle Online que en la esquina no había una señal reglamentaria visible y previa que indicara de manera inequívoca la prohibición de circulación.

Un cartel en el centro de la discusión

Uno de los puntos más sensibles del expediente aparece en la propia resolución. Allí se reconoce la existencia del cartel nomenclador y se menciona una “eventual mínima falta de orientación”. Aun así, esa observación no modificó la decisión final y el Tribunal aplicó una multa de 245,945 Unidades Fijas.

A partir de ahí, la discusión deja de ser solamente si hubo o no una infracción. También entra en juego otra pregunta: qué ocurre cuando la propia resolución admite un problema en la referencia visual del lugar, pero igual mantiene la sanción.

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Lo que cuestiona el conductor

Junto con el contenido del acta, el vecino también cuestionó la atención que recibió al presentarse ante el área administrativa. Según relató, no obtuvo una explicación clara sobre lo que estaba firmando y sintió destrato por parte del personal.

Si me mete la mano en el bolsillo, que se tome un minuto para explicarme qué es lo que estoy firmando

expresó con ironía. En la misma línea, aseguró que le respondían sin mirarlo a los ojos, “como si yo no estuviera enfrente”, y describió la situación como un “destrato descomunal”.

Otro punto objetado fue la referencia a una supuesta maniobra peligrosa. En la resolución se la menciona, pero no se desarrolla de manera concreta en qué habría consistido esa conducta. Para el conductor, esa falta de precisión vuelve más difícil ejercer una defensa clara frente a una imputación formulada de modo general.

Lo que dice la norma y la postura de Tránsito

Consultado sobre este aspecto, el responsable del área de Tránsito, Germán Lagos, sostuvo que el agente no tiene por qué detallar en el acta la maniobra peligrosa atribuida. Esa postura abre una discusión con la normativa local. El Código Administrativo Municipal de Faltas de Trelew establece en su artículo 29 que el acta debe contener “la naturaleza y circunstancia de los hechos”.

En términos prácticos, ese punto no es menor. Si a una persona se le atribuye una maniobra peligrosa, la descripción concreta del hecho puede resultar clave para que entienda con precisión qué se le imputa y pueda defenderse. Cuando esa explicación no aparece de forma clara, la controversia ya no pasa solo por una multa puntual, sino por el modo en que el Estado describe, sanciona y cobra.

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Qué puede hacer un ciudadano

Más allá de este expediente, el caso deja abiertas preguntas que alcanzan a cualquier vecino:

¿Qué margen real existe para defenderse cuando la señalización del lugar es discutida?

¿Qué pasa cuando la persona no entiende con claridad qué documento firma?

¿Qué herramientas tiene si considera que fue mal atendida o que su descargo no fue respondido de manera suficiente?

Consultado sobre este tipo de situaciones, un abogado explicó a El Valle Online que el eje no pasa solo por discutir la infracción, sino también por verificar si el procedimiento respetó el derecho de defensa, si la imputación fue precisa, si la señalización era inequívoca y si la resolución respondió de manera fundada a los planteos del ciudadano.

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En Trelew, el Código Administrativo Municipal de Faltas prevé que una resolución puede ser cuestionada mediante recurso de reconsideraciónapelación e incluso queja por retardo de justicia. La misma norma agrega que, en caso de duda, debe resolverse de la manera más favorable para el imputado. Aunque los procedimientos cambian según la jurisdicción, los principios de defensa, claridad y trato respetuoso no deberían depender del municipio en el que vive cada persona.

Ante una situación similar, especialistas recomiendan:

  • pedir y conservar copia del acta o de la resolución;
  • leer antes de firmar y pedir que se explique qué documento se está recibiendo;
  • sacar fotos claras del lugar si el planteo está vinculado con señalización;
  • presentar el descargo por escrito y guardar constancia;
  • conservar fechas de presentación y notificación;
  • formalizar por escrito cualquier queja por destrato o irregularidades en la atención;
  • acompañar toda la documentación que respalde el planteo.

El expediente no solo discute un supuesto contramano en una esquina de Trelew. También deja planteada una inquietud más profunda: qué margen tiene un vecino para defenderse cuando la señalización es dudosa, la imputación no se explica con precisión y la respuesta oficial llega con una lógica que parece más orientada a confirmar la sanción que a revisar el caso. Cuando esa percepción se instala, la multa deja de verse como una herramienta de prevención y empieza a ser leída por muchos ciudadanos como un mecanismo de recaudación difícil de discutir.

Para más detalles sobre este y otros sucesos en la región, visite El Valle Online. Síganos en nuestras redes sociales: Facebook, Instagram y X (Twitter).

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