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Cannabis medicinal en Chubut: ¿qué cambia con la nueva reglamentación?

La reglamentación de la Ley Salomé establece un marco para organizar el acceso de los pacientes, la participación de asociaciones y el desarrollo productivo del cáñamo industrial.
El gobernador del Chubut, Ignacio “Nacho” Torres, firmó el decreto reglamentario de la Ley I N.º 790, conocida también como Ley Salomé, que establece las condiciones para impulsar el desarrollo de la industria del cannabis medicinal y el cáñamo industrial en la provincia, promover nuevas inversiones y fortalecer el acceso de los pacientes a tratamientos con fines medicinales y terapéuticos.
Para los vecinos del Valle Inferior uno de los puntos centrales será conocer cómo se instrumentarán los mecanismos previstos y qué deberán hacer los pacientes, las organizaciones y quienes tengan interés en participar de la actividad.
Un registro para organizar el acceso al cannabis medicinal
Uno de los principales instrumentos contemplados es el Registro de Usuarios de Cannabis de Chubut (REUSCCH), que estará bajo la responsabilidad de la Secretaría de Salud provincial.
La normativa incluye distintas modalidades de acceso, entre ellas el autocultivo, el cultivo a través de terceros y la participación de asociaciones y fundaciones que acompañan a pacientes y familias.
También prevé que farmacias y establecimientos habilitados puedan adquirir productos derivados del cannabis e inflorescencias a productores autorizados, para dispensarlos a pacientes que cuenten con indicación médica y estén inscriptos en el registro correspondiente.
La reglamentación busca establecer condiciones de autorización, seguimiento y control sanitario. Por eso, será importante conocer los procedimientos que se habilitarán, la documentación requerida y los canales oficiales para realizar consultas.
Qué deberán tener en cuenta las organizaciones y los productores
La nueva regulación también contempla a las asociaciones y fundaciones vinculadas con el acompañamiento de pacientes. Para desarrollar sus actividades dentro del sistema provincial, deberán inscribirse en el registro y cumplir las condiciones establecidas.
En paralelo, la Agencia Chubutense de Cáñamo Industrial y Cannabis Medicinal (ACCICANN), que funcionará en la órbita del Ministerio de Producción, tendrá a su cargo la regulación, el control y la fiscalización de las actividades productivas.
Entre sus funciones estará otorgar licencias y autorizaciones para las distintas etapas de la cadena, que incluyen el cultivo, la producción, el almacenamiento, el transporte, la industrialización y la comercialización.
Las licencias y autorizaciones contempladas tendrán una vigencia mínima de cinco años, mientras que el sistema prevé mecanismos para adecuar la situación de quienes ya cuenten con autorizaciones nacionales, de acuerdo con los requisitos aplicables.
Esto no significa que cualquier persona pueda cultivar o comercializar cannabis sin condiciones: las actividades deberán ajustarse a las habilitaciones y exigencias provinciales y nacionales correspondientes.
Una posible oportunidad para diversificar la producción
Además de su dimensión sanitaria, la reglamentación busca impulsar una actividad económica que podría involucrar a productores, empresas, emprendedores, laboratorios e instituciones científicas.
La cadena productiva prevista comprende desde la producción de semillas y el cultivo hasta la elaboración de derivados, los análisis de laboratorio, el almacenamiento, el transporte, la industrialización y la comercialización. También se contempla un régimen simplificado de autorizaciones para determinadas actividades agrícolas e industriales vinculadas con el cáñamo.
Qué falta saber para que las medidas lleguen a los vecinos
La implementación de los instrumentos previstos será progresiva y dependerá de las disposiciones complementarias de los organismos competentes.
Entre los datos de mayor interés para los pacientes y sus familias se encuentran las fechas de puesta en funcionamiento del REUSCCH, los requisitos de inscripción, las vías para realizar consultas y los procedimientos que deberán seguir las organizaciones.
Para quienes evalúan desarrollar proyectos productivos, será necesario conocer las condiciones específicas para solicitar licencias, las habilitaciones exigidas y los mecanismos de control y trazabilidad.
La Ley I N.º 790, conocida como Ley Salomé, fue sancionada por la Legislatura provincial en septiembre de 2024. Con su reglamentación mediante el Decreto N.º 1680/2026, se establece el marco para avanzar en su aplicación.
El próximo paso será que esos instrumentos se traduzcan en procedimientos claros y accesibles. Para los pacientes, las organizaciones y los posibles productores del Valle, la información sobre cómo, cuándo y bajo qué condiciones podrán utilizarse será clave para conocer el alcance real de la nueva normativa.


























