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Sus padres querían educarla en casa y la Justicia de Chubut ordenó que vaya al jardín

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La Cámara de Apelaciones de Puerto Madryn confirmó un fallo que ordena a los padres de una niña de cinco años garantizar su escolarización presencial en una institución reconocida por el Estado. La decisión priorizó el interés superior de la menor y su derecho a la educación por encima de la modalidad de enseñanza elegida por sus progenitores.

Según difundió el Poder Judicial del Chubut el caso comenzó a fines de 2025, cuando un jardín de infantes advirtió que la niña había dejado de asistir a clases por decisión de sus padres, quienes optaron por educarla en el hogar mediante una plataforma educativa extranjera que no contaba con reconocimiento oficial en Chubut.

Al constatarse que la niña había dejado de asistir al establecimiento a partir de junio de 2025, se consultó a los progenitores de la afectada, quienes manifestaron su decisión de retirar a la menor del jardín formal debido a desavenencias con la dinámica escolar, rotación docente y episodios de llanto de la niña tras el receso invernal.

La jueza de Familia Mariela Panigadi dispuso inicialmente la reincorporación al sistema educativo formal. Los abogados de los padres apelaron la medida, pero los camaristas Guillermo Hansen y Heraldo Fiordelisi ratificaron la sentencia.

Entre los fundamentos, el tribunal destacó la importancia de la escolarización presencial para el desarrollo, el aprendizaje y la socialización infantil. También tuvo en cuenta que, durante una audiencia, la niña manifestó que asistía al jardín de infantes y que le gustaba hacerlo. La resolución remarcó que el derecho de los niños a ser escuchados debe ser considerado de acuerdo con su edad y madurez.

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