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Rawson

No lo dejaron jugar al pádel por deudor alimentaro

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Un hombre no pudo ingresar a un complejo deportivo en Rawson para jugar al pádel porque incumple con la cuota alimentaria de su hija. Las autoridades aplicaron la ordenanza municipal que prohíbe a los deudores participar en actividades recreativas, sociales, culturales y deportivas.

La normativa, única en Chubut, complementa al Registro de Alimentantes Morosos (Ley III N°21) y busca reforzar el cumplimiento de los derechos de niñas, niños y adolescentes. El espíritu de la ordenanza es claro: impedir que progenitores incumplidores destinen recursos a actividades de ocio mientras desatienden sus obligaciones básicas.

En este caso, el hombre es padre de tres hijos con diferentes madres, pero no cumple con la manutención ni con el plan de parentalidad de una de sus hijas. La madre —junto a su abogada, Ana Laura Ramírez— recurrió a la ordenanza y obtuvo una resolución judicial que ordenó la restricción.

Aunque ya estaba notificado, el demandado fue al club y la policía lo retiró después de la denuncia de la progenitora. Según la abogada patrocinante, este precedente marca “un antes y un después en la lucha por el cumplimiento de las obligaciones alimentarias”, porque incorpora una sanción social efectiva cuando los mecanismos tradicionales no logran resultados.

La aplicación de la ordenanza abre el debate sobre el alcance de estas medidas y el equilibrio entre sanciones sociales y la garantía de los derechos de la niñez.

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