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El juez de Faltas defendió operativos por Uber y confirmó multa de $520.000 a cada infractor

Marcelo Gélvez, juez de Faltas de Trelew, explicó las multas aplicadas a dos conductores y defendió el procedimiento usado por inspectores municipales.
En el caso de Uber en Trelew, Marcelo Gélvez, juez de Faltas de la ciudad, sostuvo que la actividad está expresamente prohibida por ordenanza y defendió el mecanismo utilizado por inspectores municipales para detectar a los conductores.
La modalidad consistió en solicitar viajes a través de la aplicación. Cuando los vehículos llegaron al punto indicado, los agentes comprobaron que se trataba de servicios vinculados con la plataforma y labraron las actuaciones correspondientes.
Uber en Trelew: qué sanciones se aplicaron
Según explicó el juez durante una entrevista radial en LU17, dos personas realizaron su descargo ante el Tribunal de Faltas por actuaciones vinculadas con la aplicación.
La escala de multas prevista para este tipo de infracciones va desde los $400.000 hasta los $2 millones. En estos casos, el Tribunal fijó sanciones de $520.000 para cada infractor.
El funcionario explicó que el monto no es automático y que se define de acuerdo con las circunstancias planteadas durante el descargo. Entre los elementos que pueden considerarse mencionó situaciones personales como la falta de trabajo, una enfermedad u otras condiciones particulares.
También señaló que una reincidencia podría agravar la sanción y llevar a una multa superior, que eventualmente podría duplicarse o triplicarse.
“Importa el qué, no el cómo”
Durante la entrevista, el conductor radial planteó si el municipio podía utilizar una especie de “emboscada” para detectar a los choferes. La duda surgió porque los viajes fueron solicitados por funcionarios que se presentaron como pasajeros.
El juez evitó pronunciarse sobre la dimensión ética o moral del procedimiento y concentró su respuesta en la infracción concreta.
“No importa el cómo, importa el qué”, sostuvo.
Según su explicación, lo que debe analizar el Tribunal es si la persona estaba desarrollando una actividad prohibida en la ciudad. El hecho de que el viaje haya sido solicitado por un inspector no modifica, desde esa perspectiva, la conducta que se sanciona.
La entrevista no aporta una definición jurídica específica sobre la legalidad del método utilizado por los inspectores. El juez se limitó a explicar que esa discusión no forma parte del análisis central de las actuaciones que llegan al Tribunal de Faltas.
Qué pasa con los vehículos
El juez indicó que, una vez cumplidas las condiciones correspondientes, los vehículos son devueltos. La sanción principal aplicada en estos casos es económica, aunque la normativa también puede contemplar inhabilitaciones u otras medidas suplementarias.
El caso volvió a poner en discusión la situación de las plataformas de transporte en Trelew, donde la actividad se encuentra prohibida por ordenanza.


























